¿Se ha roto el orden constitucional por situación en CSJ?

Por Honduras Verifica
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Escrito por: Angie Ponce, Daniela Zepeda, Elsy Hernández, Yilian Alonzo

Editado por: Angelo Avila

El juego político en torno a la elección de los 15 magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha llevado a muchos a afirmar que se ha roto el orden constitucional.

La ciudadanía se ha mostrado confundida en torno a las informaciones y desinformaciones que se han circulado en medios de comunicación y redes sociales.

La situación de la CSJ se mantiene en vilo debido a que el Congreso Nacional (CN) aún no elije a los 15 magistrados de ese poder del Estado.

El presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, a través de un comunicado publicado recientemente, afirma que el mandato de los magistrados finalizó el 11 de febrero de este año.

El documento acusa además que ya no son autoridad del Estado, y que todo lo que ejecuten es nulo e implica responsabilidad civil, penal y administrativa.

Con los anteriormente expuesto, Redondo dejó entrever que se ha roto el orden constitucional en Honduras.

El equipo de investigación de Honduras Verifica, en el marco del cumplimiento de sus objetivos institucionales y de fomentar la educación mediática, aplicó su metodología de Fact Checking para validar esa información.

Análisis de la información
El orden constitucional se rompe cuando se violan normas del derecho constitucional, en otras palabras cuando hay un cierre de uno de los tres poderes del Estado.
En el artículo 4 de la Constitución de la República, dice que el gobierno se ejerce por tres poderes, Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Los magistrados que pertenecen al Poder Judicial, de la Corte Suprema de Justicia, que fueron electos en el 2016, continúan desempeñando sus funciones.

Renuncia de Castellanos

Edgardo Cáceres Castellanos, presentó su renuncia el lunes 13 de febrero al secretario del Congreso Nacional, Carlos Zelaya.

“Lo que yo he señalado que mi causa y mi justificación por la que pondré mi renuncia es que ya terminé mi periodo constitucional de siete años el pasado 11 de este mes”, manifestó Cáceres.

Por otra parte, aseguró que de acuerdo con la Constitución la actual CSJ puede seguir en funciones mientras no se elijan los nuevos magistrados.

El artículo 242 de la Constitución de la República dice que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, tendrán que seguir en su cargo, hasta que las nuevas autoridades tomen posesión de su ello.

“Mientras las nuevas autoridades supremas elegidas toman posesión de sus respectivos cargos, deberán continuar interinamente en el desempeño de sus funciones, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y las Corporaciones Municipales del período que concluye” Artículo 242.

En el 2016
En las elecciones de los magistrados del 2016 se vivió una situación similar, ya que llegaron a un consenso hasta el sexto intento de la votación directa y secreta, logrando elegir a los 15 magistrados de la CSJ el 11 de febrero del 2016.

Es por esta razón que el presidente del CN, Luis Redondo, sostuvo que losmagistrados electos del 2016 ya no tenían ninguna facultad jurídica.

La Constitución de la República

En el artículo 314 se establece que cuando se elige la Corte Suprema de Justicia, se elige por siete años.

“El período de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia será de siete (7) años a partir de la fecha en que presten la promesa de Ley, pudiendo ser reelectos” Artículo 314.

Los expertos

El 11 de febrero del presente año, la corte de los 15 magistrados que fueron electos en el 2016 se convirtió en una corte facto

Los magistrados actuales ya no están facultados por derecho constitucional, pero sí en sentido fáctico para administrar la justicia en el país.

Por ende, estos seguirán en su cargo, como se mencionó anteriormente en el artículo 242.

El abogado constitucionalista, Lito Barrientos, afirmó que las declaraciones y posturas públicas del presidente del Congreso solo evidencian su ignorancia en torno a las leyes del país. 

Afirmó que actualmente los tres poderes del estado funcionan en debida forma, por tanto no hay rompimiento del orden constitucional. 

Por su lado el abogado Joaquín Mejía expresó que no hay tal quebrantamiento del orden constitucional y por el contrario, llamó a la cordura a los líderes políticos del país para frenar la incertidumbre.

Ley Orgánica 

El artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, asegura que si ya se terminó el periodo de los funcionarios y aún no han elegido a sus sustitutos estos seguirán en su cargo.

“Los funcionarios que elige el Congreso Nacional de la República, cuando concluya el periodo para el que fueron electos y no se hayan designado sus sustitutos, permanecerán en funciones en sus cargos hasta que se realice dicha elección.”-Artículo 80

El Veredicto

Después de la aplicación de su metodología de fact checking, la validación de información en torno a las leyes aplicables a este caso como la Constitución de la República y la Ley Orgánica del Poder Legislativo, Honduras Verifica concluye que la afirmación de que se ha roto el orden constitucional es FALSO.

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